Listado Oficial de Empresas Extranjeras de Servicios Digitales Registradas ante el SAT (Ley del IVA)

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Con fecha del 18 de septiembre de 2026, la Administración Central de Operación de Padrones del SAT emitió a través del Diario Oficial de la Federación (DOF) el Oficio 700 04 00 00 00 2026-088. Mediante dicha disposición, la autoridad tributaria dio a conocer el padrón actualizado de proveedores residentes en el extranjero sin establecimiento permanente en el país que se encuentran inscritos en el Registro Federal de Contribuyentes (RFC) para la prestación de servicios digitales, con fundamento en el artículo 18-D, primer párrafo, fracción I de la Ley del Impuesto al Valor Agregado (LIVA).

Los aspectos más relevantes de esta publicación oficial comprenden:

  1. Marco de Cumplimiento Tributario para Plataformas Digitales

La difusión del padrón ratifica formalmente a aquellas corporaciones internacionales que han formalizado su inscripción ante el fisco mexicano para prestar servicios dentro del marco legal vigente:

  • Traslado Expreso del IVA: Las entidades habilitadas deben desglosar y cobrar formalmente la tasa del 16% de IVA sobre las operaciones digitales realizadas con consumidores dentro de México.
  • Seguridad Jurídica para los Usuarios: Ofrece la certeza de que las operaciones comerciales efectuadas con dichas plataformas cumplen de forma cabal con la retención e incorporación de impuestos al fisco.
  1. Compromisos Operativos de los Proveedores Inscritos

Las firmas incorporadas en este catálogo de la autoridad tributaria deben alinearse a las reglas operativas establecidas por la legislación tributaria mexicana:

  • Emisión de Comprobantes: Expedir las facturas de operaciones o comprobantes simplificados desglosando el tributo cuando los usuarios así lo demanden.
  • Declaración y Entero Bimestral: Rendir reportes periódicos de actividades comerciales realizadas en México y efectuar la declaración y entero del impuesto causado.
  1. Repercusiones en la Deducibilidad y Acreditamiento Fiscal

Para las personas físicas y morales que adopten estas plataformas en su operativa diaria, la relación oficial representa un criterio clave de verificación fiscal:

  • Acreditación del Impuesto Pagado: Constituye el respaldo normativo necesario para avalar la acreditación del IVA trasladado en la contratación de soluciones digitales internacionales.
  • Certeza Fiscal y Operativa: Previene inconsistencias al contratar con prestadores debidamente regulados, asegurando la deducibilidad de estos insumos operativos.

Resumen de Impacto Operativo

Detalle

Información Publicada

Referencia DOF

Oficio 700 04 00 00 00 2026-088 (18/09/2026).

Fundamento Legal

Artículo 18-D, primer párrafo, fracción I de la Ley del IVA.

Objeto

Padrón actualizado de proveedores extranjeros de servicios digitales inscritos en el RFC.

Efecto Fiscal

Respalda la traslación, enteramiento y correcto acreditamiento del IVA en bienes y servicios digitales.

Visite el siguiente enlace para consultar la publicación oficial y ver el listado completo:

https://dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5799037&fecha=18/09/2026#gsc.tab=0