13° Anteproyecto de la Primera Resolución de Modificaciones a la RMF 2026

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Con fecha del 11 de junio de 2026, se dio a conocer a través del portal del SAT la Décima Tercera Versión Anticipada de la Primera Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal (RMF) para 2026. Esta publicación da continuidad al calendario progresivo de estímulos fiscales e incorpora las adecuaciones técnicas consolidadas en materia de garantías y clasificación para el presente ejercicio.

Los puntos centrales de esta actualización son:

  1. Extensión del Calendario del Estímulo Fiscal al Diésel

Se reforma nuevamente la regla 11.7.3. relativa al cálculo del precio base del diésel para efectos del impuesto especial sobre producción y servicios (IEPS), adicionando nuevos periodos de reducción por litro para mitigar el impacto en el costo de los combustibles:

  • Del 1 al 16 de abril de 2026: Reducción de 0.28 pesos por litro.
  • El 17 y 23 de abril de 2026: Reducción de 0.60 pesos por litro.
  • El 29 de abril y 7 de mayo de 2026: Reducción de 1.03 pesos por litro.
  • El 14, 21 y 28 de mayo de 2026: Reducción de 1.04 pesos por litro.
  • El 4 y 11 de junio de 2026: Reducción de 1.05 pesos por litro (nuevo ajuste incorporado).
  1. Control y Sustitución de Garantías del Interés Fiscal

Se mantiene la derogación de la regla 2.12.4. y se ratifican las directrices del artículo transitorio Vigésimo Séptimo para acogerse al procedimiento del artículo 141 del CFF:

  • Mecanismo de Transición: Los contribuyentes con trámites de garantía pendientes o ya constituidos pueden solicitar formalmente la transición al régimen del Código Fiscal reformado mediante escrito libre ante la ADR.
  • Plazos: Se conserva el marco de resolución de un máximo de 20 días hábiles por parte de la autoridad.
  • Garantías Constituidas: Los procesos de sustitución de bienes bajo la ficha de trámite 60/CFF del Anexo 2 no interrumpirán la suspensión del procedimiento administrativo de ejecución (PAE) ni generarán requerimientos adicionales.
  1. Ratificación del Factor de Acumulación por Intereses del Extranjero

La regla 3.16.11. mantiene firme el parámetro técnico necesario para las declaraciones de ingresos provenientes fuera del territorio nacional:

  • Monto del Factor: Se confirma en 0.0484 aplicable al monto de depósitos o inversiones al inicio del ejercicio.
  • Uso Fiscal: Este factor de acumulación permanece como dato obligatorio para el cálculo de los pagos e impuestos correspondientes de las personas físicas.
  1. Modificaciones a los Anexos 1 y 2

El anteproyecto valida la continuidad de las modificaciones estructurales en las formas de control de la autoridad:

  • Anexo 1: Adecuación en los formatos y formas oficiales aprobadas.
  • Anexo 2: Actualización técnica de las fichas de trámites fiscales (incluida la ficha 60/CFF vinculada a las solicitudes de avalúos y sustitución de garantías).

Resumen de Impacto Operativo

Aspecto

Detalle de la Décima Tercera Versión Anticipada

Estatus

Publicación anticipada en el Portal del SAT (11/06/2026).

Estímulo Diésel

Reducción progresiva (alcanzando $1.05 por litro en los periodos de junio 2026).

Factor ISR Extranjero

Ratificado en 0.0484 (Regla 3.16.11).

Garantías CFF

Consolidación de plazos y no interrupción de suspensiones del PAE.

 Para mayor información visite el siguiente enlace:

https://www.sat.gob.mx/minisitio/NormatividadRMFyRGCE/documentos2026/rmf/anticipadas/1aRM_RMF2026-DecimaTercera_version_anticipada_11062026.pdf

 (Apartado “Resolución Miscelánea Fiscal” – “Versiones Anticipadas RMF 2026”)