Modificación a Reglas de la Constancia de Situación Fiscal INFONAVIT

Con fecha 10 de noviembre de 2025, se publicó en el Diario Oficial de la Federación el AVISO emitido por el Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores (INFONAVIT). Dicho Aviso tiene como finalidad dar a conocer al público en general las modificaciones sustanciales aprobadas por su H. Consejo de Administración, que actualizan las Reglas para la obtención de la Constancia de Situación Fiscal en materia de aportaciones patronales y entero de descuentos.
Eje Central de la Modificación
El principal cambio aprobado por el H. Consejo de Administración, mediante Resolución RCA-13138-01/24, radica en la adopción de un criterio de cumplimiento integral para la emisión del documento.
Con esta adecuación, la emisión de la Constancia de Situación Fiscal INFONAVIT se realizará considerando la calificación de cumplimiento de forma consolidada para la totalidad de los Registros Patronales (NRPs) asociados a un mismo Registro Federal de Contribuyentes (RFC).
Propósito y Marco Normativo
Esta modificación tiene por objeto homologar el procedimiento de cumplimiento con lo dispuesto en el Artículo 32-D del Código Fiscal de la Federación. Dicho artículo establece la obligatoriedad de verificar el correcto cumplimiento de las obligaciones fiscales ante instancias federales, incluido el INFONAVIT, como requisito indispensable para:
- Celebrar adquisiciones, arrendamientos, servicios u obra pública con dependencias y entidades de la Administración Pública.
- Recibir subsidios o estímulos
La Constancia de Situación Fiscal es el documento que acredita si el patrón se encuentra "Al corriente" en el pago y entero de las aportaciones y amortizaciones de créditos de sus trabajadores.
Acciones para Patrones
Se exhorta a los patrones y contribuyentes a consultar el texto íntegro de las Reglas modificadas, disponibles en el Diario Oficial de la Federación, y a tramitar o verificar su Constancia de Situación Fiscal a través del Portal Empresarial del INFONAVIT, garantizando así su apego a la nueva normativa para el ejercicio de sus actividades económicas y contractuales.
Fuente:
https://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5772408&fecha=10/11/2025#gsc.tab=0




