2° Anteproyecto de la Quinta Modificación a la Miscelánea Fiscal 2025

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El Servicio de Administración Tributaria (SAT) ha publicado el Segundo Anteproyecto de la Quinta Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal (RMF) para 2025, con vigencia a partir del 6 de octubre de 2025.

El cambio más relevante en este anteproyecto es la restricción del acceso a varios trámites digitales a través del portal SAT ID y la aplicación SAT Móvil, limitándolo ahora únicamente a personas físicas mexicanas mayores de edad.

Principales Cambios y su Impacto

El SAT modificó tres reglas (2.2.1., 2.2.14. y 2.4.10.) y el Anexo 1-A para sustituir términos generales como "contribuyentes" por la nueva condición de "personas físicas mexicanas".

En la práctica, esto tiene las siguientes implicaciones directas para los trámites digitales:

  1. Generación o Renovación de Contraseña (Regla 2.2.1.): El trámite vía SAT ID queda limitado a las personas físicas mexicanas mayores de edad. Esto significa que los extranjeros inscritos en el RFC no podrán utilizar SAT ID para este fin; deberán realizar el trámite de forma presencial o mediante los mecanismos que determine el SAT.
  2. Renovación del certificado de e.firma (Regla 2.2.14.): La posibilidad de renovar el certificado a través de SAT ID (cuando haya perdido vigencia en el año previo a la solicitud) se restringe ahora exclusivamente a las personas físicas mexicanas mayores de edad, excluyendo a los extranjeros con RFC de esta vía digital.
  3. Solicitud de Constancia de Situación Fiscal y CIF (Regla 2.4.10.): De igual manera, solo las personas físicas mexicanas podrán registrar la solicitud de su Constancia de Situación Fiscal o Cédula de Identificación Fiscal (CIF) a través de la aplicación SAT ID, manteniendo el plazo de respuesta de cinco días.

En resumen, estos ajustes normativos priorizan la nacionalidad mexicana como requisito indispensable para que las personas físicas puedan utilizar las plataformas digitales del SAT (como SAT ID/SAT Móvil) para la Contraseña, la renovación de la e.firma y la obtención de la Constancia de Situación Fiscal. El Anexo 1-A (fichas de trámites) también fue ajustado para reflejar estas restricciones.

Fuente:

https://www.sat.gob.mx/minisitio/NormatividadRMFyRGCE/normatividad_rmf_rgce2025.html